La repartición de una herencia familiar cuando alguien fallece El elemento principal es saber si existe un testamento válido por parte del de cujus, pues el mismo contiene la repartición de los bienes. Este documento facilita los trámites de la herencia, pues se deben seguir las directrices marcadas por el testador. Este es el orden de herederos que se establece por ley para la repartición si no existe un testamento.
Cuando no existe un testamento a nombre la persona, porque no se ha dado la oportunidad y la persona ha fallecido o porque no se ha visto la necesidad.
Si no existe un testamento válido, los notarios se ajustan a las directrices marcadas por la ley. para facilitar la repartición de la herencia, el Código civil Federal contempla la repartición conforme a la línea sucesoria consanguínea.
- Hijos, nietos y descendientes del de cujus.
- Si hay ausencia de descendientes, la herencia pasaría a los ascendientes, padres o abuelos.
- En tercera línea se encontrarán la viuda o el viudo, siempre que haya ausencia de los herederos anteriores.
- Si no existen los grupos nombrados, pasaría a hermanos e hijos de hermanos.
- En cuarta línea, esta herencia acabaría en parientes colaterales.
- Finalmente, esta herencia si no hay otro familiar directo o indirecto, acabaría en favor de Instituciones Públicas.
En legal in recomendamos hacer el testamento de las personas en vida. Facilita los trámites, evita gastos y conflictos y se pueden seguir las voluntades de la persona al repartir los bienes. Después, los herederos tendrán el derecho a aceptar o renunciar a la herencia que le corresponda a la persona.
Si una de las partes no sabe si aceptar la herencia, esto puede generar un bloqueo en la repartición de la herencia de los demás herederos.