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Notificación de Incremento de Renta

La Notificación de Incremento de Renta es el documento formal mediante el cual el Arrendador informa al Arrendatario (inquilino), a través de una notificación escrita, su intención de actualizar el precio del arrendamiento.

Propósito y Fundamento Legal (Art. 2448-D C.C. CDMX)

  • Actualización de Precio: Permite al Arrendador ajustar el precio de la renta que fue pactado en el contrato, lo cual procede si ha transcurrido al menos un año desde la firma del contrato o desde la última actualización.

  • Límite Legal: Para inmuebles destinados a casa habitación, el incremento no puede superar el 10% del precio que se esté pagando de renta.

Requisitos y Consecuencias

  • Formalidad y Plazo: El aviso debe realizarse por escrito e incluir un plazo específico para que el Arrendatario pueda dar su respuesta.

  • Obligación de Respuesta: El Arrendatario está obligado a dar respuesta (a favor o en rechazo del aumento). Si vence el plazo y no hay respuesta, se entenderá que está de acuerdo con el incremento.

  • Negociación y Terminación: Si el Arrendatario rechaza el aumento, se puede negociar un nuevo precio; de no llegar a un acuerdo, se daría por terminado el contrato de arrendamiento.

  • Moneda: Es conveniente que el aumento esté fijado en pesos (moneda nacional). Si se manejan rentas en moneda extranjera, es recomendable fijar un máximo en el incremento.

  • Este trámite tiene requisitos especiales. Cuéntanos tu caso.